Acto Notarial Retiro de Título

Acto Notarial Retiro de Título

DESCRIPCION

La República Dominicana a través de sus delegaciones consulares en el extranjero ofrece a todos los ciudadanos servicios de NOTARIO PUBLICO a fin de que puedan realizar cualquier actividad o función para los cuales dichos documentos o servicios sean imprescindibles cuando deban ejecutarse bajo las leyes de la República Dominicana o de cualquier otro país.

Los dominicanos y extranjeros que requieran que otra persona (APODERADO) actúe en su nombre en la República Dominicana u otro país, a fin de poder realizar diligencias como si fuera el PODERDANTE, puede acudir a las oficinales consulares dominicanas, para que le REDACTE UN ACTO NOTARIAL.

Los Actos Notariales para RETIRO DE TITULO son aquellos donde uno o varios ciudadanos (PODERDANTES) encomiendan a otro ciudadano o institución (APODERADO) a que se dirijan al registrador de título o institución que corresponda ya sea en la República Dominicana o en otro país, a fin de que retire uno o varios títulos propiedad del PODREDANTE.

Todos los ciudadanos tienen derecho a gestionar Actos Notariales en las oficinas consulares de la República Dominicana.

REQUISITOS

  1. Cédula dominicana (si la tiene).
  2. Pasaporte dominicano (si lo tiene).
  3. Documento de Identidad del PODERDANTE.
  4. Copia título de propiedad de los bienes sujetos a renuncia (si la tiene) o información específica relacionado al bien para el cual se solicita el retiro de título de propiedad.
  5. Nombre y apellido completo, documento de identidad y dirección del APODERADO.
  6. Información respecto a cualquier asunto que sea de interés conocer por parte del interesado.
  7. Un testigo.

TIEMPO DE OBTENCIÓN

De una a dos horas dependiendo de la urgencia, de la cantidad de solicitudes previas y de la disponibilidad de personal.

PRECIO

El importe es de: 75,00

OBSERVACIONES

  1. El importe a pagar es en dólares estadounidenses (USD), en la zona EURO se cobra en EUROS o en la moneda del país donde se encuentra la oficina consular.
  2. El importe a pagar puede variar dependiendo del costo de vida de la ciudad donde se encuentra la oficina consular.
  3. En esta sección sólo se mencionan los Actos de Poderes más frecuentes. Cualquier otro tipo de poder será redactado atendiendo a la naturaleza del mismo.
  4. Las oficinas consulares dependiendo de las características específicas de cada acto notarial pueden pedir otros requisitos no numerados en el presente documento.
  5. Las oficinas consulares tienen derecho a negarse a gestionar un servicio, si el personal consular duda de la utilidad para el ciudadano; si piensa que dicho servicio puede lesionar los intereses futuros del Solicitante; o si pone en duda la FE pública de la Oficina Consular.

 

Formulario

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