Acto Notarial Venta/Traspaso de Vehículo
DESCRIPCION
La República Dominicana a través de sus delegaciones consulares en el extranjero ofrece a todos los ciudadanos servicios de NOTARIO PUBLICO a fin de que puedan realizar cualquier actividad o función para los cuales dichos documentos o servicios sean imprescindibles cuando deban ejecutarse bajo las leyes de la República Dominicana o de cualquier otro país.
Los dominicanos y extranjeros que requieran que otra persona (APODERADO) actúe en su nombre en la República Dominicana u otro país, a fin de poder realizar diligencias como si fuera el PODERDANTE, puede acudir a las oficinales consulares dominicanas, para que le REDACTE UN ACTO NOTARIAL.
Los Actos Notariales para VENTA o TRASPASO DE VEHICULO son aquellos donde uno o varios ciudadanos o institución (PODERDANTES) encomienda a otro ciudadano o institución (APODERADO) a que proceda a vender o traspasar uno o varios vehículos propiedad del PODERDANTE.
Todos los ciudadanos tienen derecho a gestionar Actos Notariales en las oficinas consulares de la República Dominicana.
REQUISITOS
- Cédula dominicana (si la tiene).
- Pasaporte dominicano (si lo tiene).
- Documento de Identidad del PODERDANTE.
- Copia matrícula de propiedad del vehículo (si lo tiene) o información específica del vehiculo: modelo, año, color, matrícula, chasis, etc.
- Información específica de la persona a quien se venderá o traspasará el vehículo (si conoce la información).
- Nombre y apellido completo, documento de identidad y dirección del APODERADO.
- Información respecto a cualquier asunto que sea de interés conocer por parte del interesado.
- Un testigo.
TIEMPO DE OBTENCIÓN
De una a dos horas dependiendo de la urgencia, de la cantidad de solicitudes previas y de la disponibilidad de personal.
PRECIO
El importe es de: 75,00
OBSERVACIONES
- El importe a pagar es en dólares estadounidenses (USD), en la zona EURO se cobra en EUROS o en la moneda del país donde se encuentra la oficina consular.
- El importe a pagar puede variar dependiendo del costo de vida de la ciudad donde se encuentra la oficina consular.
- En esta sección sólo se mencionan los Actos de Poderes más frecuentes. Cualquier otro tipo de poder será redactado atendiendo a la naturaleza del mismo.
- Las oficinas consulares dependiendo de las características específicas de cada acto notarial pueden pedir otros requisitos no numerados en el presente documento.
- Las oficinas consulares tienen derecho a negarse a gestionar un servicio, si el personal consular duda de la utilidad para el ciudadano; si piensa que dicho servicio puede lesionar los intereses futuros del Solicitante; o si pone en duda la FE pública de la Oficina Consular.
Formulario
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