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Requisitos para solicitud de Poderes Notariales únicamente para ciudadanos dominicanos:

  1. Cédula de Identidad y Electoral dominicana vigente y dirección del solicitante (PODERDANTE).
  2. Cédula de Identidad y Electoral dominicana vigente y dirección de la persona que le representará (APODERADO).
  3. Cédula de Identidad y Electoral dominicana vigente y dirección de la persona que le servirá como TESTIGO, debe ser dominicano.
  4. Información específica del propósito de la representación, es decir todas aquellas acciones que el PODERDANTE requiere que el APODERADO realice en su nombre.

NOTA:

    • Es necesario presentar copias impresas y legibles de los documentos de soporte (tales como títulos de propiedad, contratos, matrículas de autos, etc).
    • ES NECESARIO HACER UNA CITA CON ANTELACIÓN.
 
  • Poderes para Trámites Bancarios:
  1. Nombre de la entidad financiera donde se va a realizar la gestión.
  2. Número de cuenta/tarjeta/certificado financiero/préstamo del solicitante.
  3. Si se trata de una cooperativa, número de socio.
  4. Modelo suministrado por la institución financiera, si lo tienen.
  • Trámites de Divorcio:
  1. Acta de matrimonio.
  2. En caso de ser por mutuo acuerdo, lo recomendable es que dicho poder sea firmado por ambos, si solo firma uno de los conyugues no puede incluirse las estipulaciones.
  3. Si el poder incluye estipulaciones, la firma por parte de ambos es obligatoria.
  • Actos sobre Bienes Inmuebles y Retiros de Títulos
  1. Copia del título de la propiedad.
  2. En caso de necesitar financiamiento, nombre de la entidad financiera donde se va a hipotecar.
  3. Si él/la poderdante es casado, debe firmar también el conyugue (solo si es dominicano, si es extranjero debe ir a un notario público holandés).
  • Traspaso de Vehículos o Armas de Fuego:
  1. Datos del bien a traspasar (copia de matrícula del vehículo, copia del permiso del arma de fuego).
 
 
 
  1. Para los actos notariales, es obligatorio poseer y traer la Cédula de Identidad y Electoral nueva.
  2. Para el caso de los poderes de Compra con Financiamiento, algunas entidades financieras requieren que figure su nombre de forma explícita en el poder (Ej. La Asociación Popular de Ahorros y Préstamos), el ciudadano debe confirmarlo con la institución financiera directamente.
  3. Para otros tipos de poderes por favor llamar a su consulado para informarse sobre los requisitos específicos.
  4. Una vez entregado el Poder Notarial, el mismo debe ser legalizado en el Departamento de Legalizaciones del Ministerio de Relaciones Exteriores de la República Dominicana (Cancillería).


No se pueden realizar Poderes Notariales a ciudadanos extranjeros. Si hay un extranjero involucrado directamente en el proceso, deberá dirigirse a un notario holandés.